Maestria en Derecho
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Item Recepción del sistema francés: aplicación del control preventivo en las normas de inversión privada en el Perú(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2014) Luque Caceres¸ Jorge Sabino; Chalco Vargas, Fredy Toribio; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezLa investigación titulada de la recepción del Sistema Francés: Aplicación del control preventivo en las normas de inversión privada en el Perú, El objetivo de esta organización es proponer y promover la implementación de controles preventivos como método para llevar a cabo una evaluación exhaustiva de las leyes que rigen la inversión privada en Perú. No en cualquier modelo o sistema, sino en uno que sea capaz de impulsar la economía de un país, libre de desequilibrios que sean desfavorables para los residentes de un estado, la realidad jurídica y económica de nuestro país está directamente ligada a lo que ahora se denomina la «constitución económica». Esta constitución es esencial para el funcionamiento financiero y jurídico de nuestra nación. Las regulaciones, además de ser justas, también deben ser ventajosas para la economía de una nación a fin de cumplir con los requisitos de seguridad jurídica de la misma. Por otra parte, es evidente que las llamadas normas de inversión privada solo benefician a un actor o sector económico concreto cuando se aplican en la práctica. Por esta razón, es necesario llevar a cabo una investigación exhaustiva para ilustrar, identificar y establecer aquellos desequilibrios que perjudican a una parte significativa de la población nacional. Se utilizó el enfoque hipotético-deductivo, de carácter cualitativo, junto con la metodología de la argumentación jurídica, el análisis dogmático, el análisis sociológico-funcional y el análisis económico del derecho. De manera similar, se ha recurrido a la teoría jurídica, así como a material derivado de la legislación y la jurisprudencia, y a hechos extraídos de la realidad social. La afirmación es la siguiente: Aceptación del sistema francés: el uso del control para restringir la inversión privada en el Estado peruano; esto comprende un procedimiento de estudio metódico. Su estudio y análisis nos permitirá verificar las desigualdades que existen actualmente en la inversión privada. La investigación no es más que la aplicación del intelecto a la comprensión correcta de la realidad, basada en lemas e ideas muy relevantes que nos permiten formular hipótesis; en otras palabras, respaldar lo que hemos sugerido desde el principio. El proyecto concluye con la presentación de un marco conceptual, unos objetivos y una hipótesis. En mi opinión, este estudio reúne todas las cualidades asociadas a un proyecto de investigación, lo que lo hace adecuado para una tesis de máster en derecho constitucional. No obstante, agradecería cualquier aportación, observación, revisión o idea que el jurado o cualquier otra persona interesada en el estudio quisiera aportar. Se ha llegado a la siguiente conclusión: existe una cantidad limitada de bibliografía nacional sobre las ventajas o desventajas de mantener el control preventivo obligatorio. En el contexto de este debate, la carga de la prueba recae en aquellas personas que intentan explicar las ventajas del control preventivo en consonancia con sus características fundamentales. La naturaleza jurídica del control preventivo obligatorio es muy notable en el debate, lo que permite esgrimir argumentos innegables a favor o en contra del mismo. Además, existen algunas figuras jurídicas a las que los usuarios pueden recurrir para alcanzar fines fiscales (acompañados o no de fines económicos), por lo que el sistema jurídico requiere una normativa clara que ayude a la administración a gestionar sus operaciones. Se proporcionan herramientas legales para la determinación y supervisión de los impuestos, así como para la administración eficaz de la justicia, como resultado del inicio de las condiciones económicas y las medidas contra el abuso. Esto garantiza que se utilice el régimen jurídico que pertenece o corresponde a los objetos o hechos. Para todos aquellos que han obtenido beneficios económicos gracias a los esfuerzos de los intereses de todos los implicados, sumergirse en argumentos filosóficos solo conduciría a la impunidad de esas personas.Item Las convenciones probatorias en los procesos penales de omisión de asistencia familiar(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2018) Vera Bohorquez, Yannet Carol; Jauregui Mercado, Edson Augusto; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezLa presente investigación, bajo el título "Las convenciones probatorias en los juicios orales por el delito de omisión de asistencia familiar", explora la escasa utilización de una herramienta judicial conocida como convenciones probatorias en los juicios orales por el delito de omisión del deber de asistencia familiar. La puesta en marcha de estas convenciones simplificaría las audiencias en los juicios orales, al agilizar la negociación entre los implicados sobre hechos, circunstancias o métodos de prueba. Esto, por otro lado, aceleraría los procedimientos judiciales, favoreciendo una mayor rapidez y salvaguardando el bien supremo del infante. Esta investigación busca desentrañar los factores que frenan la utilización de las convenciones probatorias como herramienta alternativa en la fase intermedia de los procesos penales vinculados a delitos de falta de asistencia familiar. Se examinaron los archivos judiciales de ocho fiscalías de las dos fiscalías provinciales penales de Puno durante el año 2016, formando así la población y muestra del análisis. Asimismo, se realizaron conversaciones con abogados, jueces y fiscales, enriquecidas con observaciones personales. Se descubrió que los principales obstáculos que frenan la implementación de esta entidad judicial son la escasa iniciativa del Ministerio Público y la reticencia de los acusados a acuerdos sobre hechos, circunstancias o pruebas, temiendo una posible autoincriminación involuntaria.Item Negación de la presunción de inocencia por ausencia de imputación necesaria en el requerimiento fiscal de prisión preventiva en delitos contra la libertad sexual, Fiscalía Penal de Quispicanchi, Cusco - 2017(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2020) Gudiel Castro, Freddy; Ortiz Cansaya, Segundo; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEl estudio realizado que lleva como título de investigación “Negación De La Presunción De Inocencia Por Ausencia De Imputación Necesaria En El Requerimiento Fiscal De Prisión Preventiva En Delitos Contra La Libertad Sexual, Fiscalía Penal De Quispicanchi, Cusco – 2017”, en el que se estudió como tema central es la vulneración al principio de inocencia a causa de la ausencia de imputación necesaria en el requerimiento del fiscal. Ante ello, se planteó el objetivo de determinar la negación del derecho a la presunción de inocencia por la ausencia de imputación necesaria en el requerimiento fiscal de prisión preventiva en delitos contra la libertad sexual en la Fiscalia de Quispicanchi, Cusco. Considerándose el método de hipotético-deductivo, de corte transversal y de tipo descriptivo, con una población de abogados litigantes, asimismo siendo la muestra de 78 abogados. En el que se llegó a la conclusión: no se valora el baluarte de la presunción de inocencia que es la libertad individual, asimismo se vulnera el principio de información en a la ausencia de la imputación necesaria, ya que sin la atribución del tipo penal no cabe la existencia de una defensa eficiente. Del mismo modo, los derechos reconocidos en los instrumentos internacionales y nacionales se violan la igualdad de armas y como consecuencia el trato de inocente que todo acusado se merece constituye a ser juzgado por anticipado ante la petición de la prisión preventiva.Item Inconstitucionalidad del segundo párrafo del Artículo 22° del Código Penal en relación a los delitos de terrorismo, Lima – 2020(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2021) Medina Cama, Harold Yeral; Carrasco Reyes, Percy Rogelio; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEl presente trabajo de tesis trata sobre: “Inconstitucionalidad del Segundo Párrafo del Artículo 22° del Código Penal en relación a los Delitos de Terrorismo, Lima – 2020”. Donde su población consta por 130 fiscales supraprovinciales y con una muestra de 107 fiscales supraprovinciales. Teniendo como objetivo Conocer las razones por las que el segundo párrafo del artículo 22° del Código Penal en lo relacionado con los delitos de Terrorismo, afecta el Derecho Constitucional a la Igualdad ante la Ley del acusado, y por ende debe ser declarado inconstitucionalidad; Lima - 2020. Los instrumentos a ejecutar son cuestionarios para las dos variables. Al aplicar Chi-cuadrada se obtuvo como resultado aceptar (Ha) la hipótesis alterna del estudio afirmando que el segundo párrafo del artículo 22° del Código Penal, en lo relacionado con el delito de Terrorismo, es Inconstitucional, debido a que, no afecta el Derecho Constitucional de Igualdad ante la Ley del acusado, Lima – 2020.Item Justicia comunitaria análisis entorno a la concepción de la familia y la resolución en casos de violencia familiar, Macusani - 2019(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2021) Lavilla Calloapaza, Mariela; Humpiri Nuñez, Jimy; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEl presente estudio mantiene como su problema denominado Justicia comunitaria análisis entorno a la concepción de la familia y la resolución de casos de violencia familiar Macusani-2019, en tiene como su objetivo general el Conocer el desarrollo del proceso de resolución de casos en violencia familiar en la justicia comunitaria y la justicia ordinaria. Cuya metodología aplicada corresponde al enfoque cualitativo de método interpretativo –hermenéutico, de diseño de investigación no experimental, de tipo sociolingüístico y de nivel de análisis descriptivo. Donde se arribo a la siguiente conclusión: la determinación de su competencia en el ejercicio de la justicia comunitaria, donde se va tomando en cuenta el acceso de la justicia de estos pueblos andinos, están ejerciendo jurisdicción mantienen autonomía y deben cumplir con sus límites material, territorial y personal.Item Castigo al adulterio conyugal y la afectación a la dignidad humana del sancionado por la justicia comunal en la Provincia de Carabaya 2017(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2021) Centeno Estrada, Abel Angel; Chayña Aguilar, Luis; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEmpezaré indicando que la presente investigación el cual parte de una problemática socio jurídico de esta manera cuenta con el siguiente objetivo general indica lo siguiente determinar identificar que afectación se genera en la aplicación de los sistemas de resolución de conflictos en el sistema de justicia comunal frente a la dignidad humana del sancionado. De esta manera, el estudio realizado ha utilizado las siguientes técnicas de recolección de datos el cual nos va servir para la revisión, análisis documental y de otra manera se menciona la estructura, es decir, se procede al análisis y así mismo el respectivo análisis de la encuesta establecida y aplicada. Por otro lado, se realiza la interpretación de los datos estadísticos, por último, se llega a la conclusión general: Se identificó como afectación a la dignidad humana que en un 48% la sanción afecta la integridad física, psíquica y moral de la persona, en un 33% afecta los derechos fundamentales de la persona y en un 20% el proceso sancionador de la ronda campesina contraviene el ordenamiento jurídico penal.Item Garantías constitucionales y la aplicación de la justicia en delitos de omisión de asistencia familiar Provincia de Carabaya - 2017(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2021) German David Calderon Maydana; Chalco Vargas, Fredy Toribio; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEl estudio realizada el cual lleva como título “GARANTÍAS CONSTITUCIONALES FRENTE A LA PREFERENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN DELITO DE OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, PROVINCIA DE CARABAYA – 2017” en la actualidad la aplicación de la justicia está en desorden puesto que el poder judicial o las instancias judiciales ya no son la primera opción por los pobladores para solucionar sus problemas, es por ello que esta investigación tiene como primer objetivo establecer la acción que motiva o la causa por se efectúa la justicia comunal para el cumplimiento de la omisión de asistencia familiar en la provincia de Carabaya – 2017, llegando a la siguiente conclusión Se estableció según los encuestados, sobre la acción que lo motiva a aplicar la justicia comunal para el obediencia del delito de omisión de asistencia familiar, observamos que el 55% afirma que se brinda una administración de justicia instantánea, mientras que un 23% señala que opta por la justicia comunal porque dan mayor seguridad a los integrantes de la familia, finalmente el 22% señala que acude a ello porque los ronderos fiscalizan el cumplimiento de la obligación, , por último se indica la siguiente recomendación Ante la preferencia de asistir aplicando la justicia comunal, se recomienda a las autoridades de la provincia de Carabaya, realizar charlas informativas sobre los límites de acción a los representantes de las rondas campesinItem Sistema de administración penitenciaria y derechos humanos en el Establecimiento Penal de Lampa, 2017(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2021) Correa Torres, Edison; Ochatoma Paravicino, Félix Cristobal; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezTeniendo en cuenta, bajo nuestro contexto de estudio e investigación constitucional, naturalmente de todo un objeto complicado se advierte principalmente a nivel de su indagación sistémica, consecuentemente desarrollar de la manera planificada, los objetos, procesos y fenómenos que constituyen la administración penitenciaria como sistemas de estudio. Esta cuestión también, está en relación con la delincuencia como fenómeno social-jurídico, se sabe que, los sistemas de administración penitenciaria existen a nivel local, regional y mundial, empero su sistema de administración es distinto en cada país o continente, caso de Europa el sistema de administración penitenciario está manejado por los civiles, que antiguamente estaban administrados por los militares, pero de esa época a la actualidad se han sustituido conforme a las reglas de Mandela en preponderancia con los derechos fundamentales establecidas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, v. gr. En Alemania hacia 2013 los sistemas carcelarios son disímiles. Se han modificado de acuerdo a los estándares establecidos por las normas internacionales cumpliendo al pie de la letra, en nuestros días las cárceles son muy sofisticadas y modernas en cumplimiento a los instrumentos que coadyuvan con el tratamiento penitenciario, las celdas son muy amplias que miden 10m2, tienen ventilación, son habitaciones donde uno puede estar cómodo a comparación de lo nuestro, encima que tenemos mucha sobre población, también adicionado a ello la delincuencia no tienen cuando terminar y finalmente no tiene cabo la inseguridad ciudadana de nivel nacional, que está cada vez más abrumadora. Dentro del sistema francés, el autor de vigilar y castiga, si cancelar era más humano que la tortura, tenía razón y conocimiento suficiente para escribir, sabemos ahora en cualquier parte del mundo, encerrando a un delincuente no se puede regenerar y mucho menos se puede resocializar especialmente en los países del tercer mundo, es así, un estudio realizado a los internos dentro del territorio italiano entre los años 2004 y 2005 sobre una muestra de 800 internos, el 7% es esquizofrénica, así lo mismo para en nuestra realidad penitenciaria que, solamente existe tres psiquiatras a nivel nacional, con los cuales no se puede efectuar el tratamiento psiquiátrico como lo estipula el código de ejecución penal, sobre todo para aquellos que han cometido delitos de violación sexual y homicidio calificado; con razón el escritor Foucault muchos sistemas penitenciarios lo toman como referencia, pues ha innovado el tratamiento de reclusos, de su propio puño y letra, al formular que las penas largas es una muerta lenta que no se aprecia a simple vista pero, si mueren muchos internos dentro de los establecimientos carcelarios a nivel mundial, yuxtapuesto a ello el sistema Francés está en capa caída por sus funcionarios, no están comulgando a favor de los condenados, existen divisionismo respecto al tratamiento penitenciario en gnosis que los legisladores y el Tribunal Europeo no están de acuerdo con las penas, adicionado a ello, la sobrepoblación. En el sistema italiano, también se han endurecido las penas, agregándose más tipología penal, existe masificación inadecuada de las infraestructuras, en ese sistema hay alto porcentaje de detenidos extranjeros, superándola capacidad tolerable, de la capacidad reglamentaria. Entonces se puede concluir que el sistema está colapsando con todos estos sucesos e indicadores, como se advierte de la propia estadística del 2010; se sabe bien que la orientación dentro de su tratamiento penitenciario se enaltece, el respeto por los derechos fundamentales, incidiendo de manera muy positiva en la reeducación y teniendo en cuenta las condiciones específicas del interno. Dentro del sistema regional está la de Argentina, respecto al tratamiento penitenciario donde su misión primordial está el preparar dentro de las cárceles mediante reeducación, por lo que, el servicio federal penitenciario orienta a que el tiempo de permanencia de los internos en prisión les sirva como preparación para la vida en libertad; actualmente este sistema es el espejo del mundo por tener uno de los tratamientos mejor implementados, vertidas por la oficina de las naciones unidas contra la droga y el delito correspondiente al 2013. Así mismo la salud y la calidad de vida de los internos en las cárceles bajo su jurisdicción, se han sustituido en prioridad de la administración penitenciaria federal. También, destaca que hubo avances impresionantes en programas de salud y promoción de la igualdad de género en comparación a observaciones efectuadas el 2008. Del mismo modo tenemos el sistema colombiano, donde se toca la reforma penitenciaria y el sistema penal, realizando un análisis para luego ser discutidas con los sectores diferentes, la alicaída situación de Derechos Humanos dentro de las prisiones de ese país a causa de insalubridad, hacinamiento y las aglomeraciones de los procesos, las mismas que se han convertido en bombas de tiempo, con los recientes fallos de los tribunales restringiendo el ingreso de nuevos internos a las cárceles. Por último, se toca el sistema penitenciario de los Estados Unidos de América, las criticas criminológicas que ha recibido la pena privativa de la libertad siendo una forma de castigo preponderante con lo cual, las tasas de crecimiento se han acentuado anualmente en gran parte de los países del mundo. Por ello, el caso de los Estados Unidos se vislumbra preocupante debido a que aprisiona a más ciudadanos que cualquier otro del mundo, imponiéndose a veces sentencias de larga duración, inmundas por desigualdades raciales y étnicas. Específicamente merece ser puesto en resalto que, al unísono del crecimiento de las cárceles privadas también se aunaron el crecimiento de las personas prisionalizadas. En las últimas tres décadas el incremento sin precedentes históricos de la suma de personas privadas de libertad, con ello ha conducido a la superpoblación, que afecta infraestructura del sistema federal. Durante este periodo temporal, la población carcelaria de las penitenciarías federales paso a 2’162,400 presos, ascendiendo a casi 780%. Dentro del capítulo II se toca nuestro sistema penitenciario, principal tema es lo referente a los derechos fundamentales de los internos que se encuentran recluidos en varios estamentos de la nación, teniendo en cuanta que los presos son los titulares de los derechos primordiales, que residen contenidas en la carta magna y ratificados en pacto de derechos y políticos, descritas en la declaración de las Naciones Unidas, para la protección de todas las personas contra tortura, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, algunos derechos esenciales de los internos podrían ser limitados realmente, como resultado de su situación, también existe un conjunto de derechos que no son objeto de restricción, siendo la vida, libertad de conciencia, la salud, integridad personal y otros, los mismo tienen sustento en sistemas de protección por los Derechos Humanos tanto universal como interamericano. Cuando una persona ingresa al establecimiento penal, no pierde los demás derechos, que le pertenecen como tal, a excepción de la libertad individual de tránsito, por tanto, sigue teniendo deberes y derechos que la constitución le franquea, al margen por el delito que hayan ingresado indistintamente, teniendo relación directa de una parte la administración penitenciaria y de la otra el interno, con todas las garantías, que le asiste conforme a los convenios y derecho internacional de forma complementaria, en tal sentido, es evidente el Art. 1 del código de ejecución penal donde expresa: “el interno goza de los mismos derechos, que el ciudadano en libertad sin más limitaciones que las impuestas por la ley y sentencia respectiva”, la misma que se encuentra en íntima relación con los derechos establecidos en la constitución del Estado, que le asiste a cada persona, también concatenado con los tratados y convenios internacionales, de los cuales el Perú es parte integrante, a sabiendas que la misión del instituto nacional penitenciario es las tres erres: Reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad, la permanencia en los establecimiento debe llevarse sin que exista un trato inhumano o degradante en su dignidad del interno, sin embargo, a diario se avizora la violación de las reglas de conducta en la norma de ejecución sustantiva, la cual está prevista como sanción para aquello que infringen las disposiciones penitenciarias, mediante un tratamiento riguroso a las conductas negativas , es así que, entra a tallar principio de autoridad con la única finalidad de mantener la convivencia pacífica entre presos, siempre mediante un procedimiento del debido proceso. Referente a los Derechos Humanos es esencial diferenciar y no confundir con los derechos fundamentales o constitucionales, aunque los derechos humanos normalmente se encuentran dentro de los derechos constitucionales, no siempre convergen. Ahora para determinar qué derechos son constitucionales, es necesario recurrir al catálogo de derechos establecidos en la constitución política de los Estados, con lo cual, el concepto de Derechos Humanos es del ámbito de la filosofía del derecho. De otra manera, para teorías dualistas, que otorgan trascendencia tanto al fundamento moral de los derechos, como positivización de conceptos de los Derechos Humanos y los derechos constitucionales pueden tener un contenido equivalente. por citar a Luigi Ferrajoli considera en su teoría de garantismo jurídico, siendo los derechos fundamentales reconocidos en la carta magna de los Estados, entonces los Derechos Humanos son aquellos que se reconocen a todos indistintamente a su ciudadanía y la capacidad de obrar; la constitución del Estado puede otorgar derechos a sus ciudadanos excluyendo a los extranjeros, v. gr. El derecho al voto. Entonces es un derecho constitucional que reconoce al ciudadano, sin embargo, no puede ser Derechos Humanos sino se identifica a todas las personas sean de la que sean condicionalmente.Item Principio de igualdad de sexos, del ámbito público al ámbito jurídico familiar, Distrito Judicial de Puno 2021(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2021) Hilasaca Macedo¸ Veronica; Chayña Aguilar, Luís; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEn este trabajo de investigación, intenta enfocar una situación que vivimos todos los días, la cual Además nos involucra y nos compromete además es un principio fundamental de toda persona la igualdad, dentro la igualdad de sexos cómo principio fundamental, igualmente siendo este un derecho constitucional frecuentemente es vulnerado, tanto en el ámbito público cómo en el jurídico familiar. El objetivo general de este trabajo de investigación, plantilla qué se debe determinar el principio de igualdad de sexos, tanto hombres como de mujeres para desarrollarlo en un ámbito público, a un ámbito jurídico familiar llevado a cabo introducido dentro de los márgenes constitucionales. La problemática que hemos visto, muy particularmente en nuestra localidad, si bien es cierto el principio de igualdad de sexos, ha tenido significativos progresos en el ámbito doctrinario latinoamericano y mundial, es que no se ha visto muy reflejado en nuestra situación irrealidad social, debido a muchos factores cómo lo cultural, étnico, y otros, asumiendo que todo problema social es multicausal y debe ser abordado desde muchos ángulos, el nuestro es particularmente jurídico. El método que se utilizó parece Trabajo de investigación es el mixto, toda se hizo un análisis la interpretación de los hechos tanto jurídico, cómo social y educativo, de corte transversal cualitativo y cuantitativo. Las conclusiones a las que se arribaron, fueron sustancialmente qué principio de igualdad de sexos no se da plenamente en nuestra localidad, y si bien es cierto es enfocado por la ley es, la doctrina y la teoría, este no es trasladado al ámbito jurídico familiar. Dentro de las recomendaciones y sugerencias, se han encontrado qué debe de haber mayor difusión y acercamiento con los grupos familiares, para que estos asuman sus derechos, lo mismo que crear difusión y opinión en la importancia de los principios de igualdad de sexo. El trabajo de investigación se realizó, tiempo de distrito judicial de Puno, 2021 para la cual básicamente Se tomaron muestras aleatorias de la población en total.Item Impacto del covid 19 en el recabo de elementos de convicción para el requerimiento de prisión preventiva en flagrancia delictiva, Fiscalía Penal Corporativa de la Convención, Cusco 2020(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2021) Salazar Bendezu, Angel Yair; Nieto Portocarrero, Walther Marcelino; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEsta investigación tiene como propósito el estimar el impacto del COVID 19 en el recabo de elementos de convicción para el requerimiento de la PP en flagrancia delictiva, fiscalía penal corporativa de la convención, cusco 2020. El cual para su desarrollo uso la metodología cuantitativa, el cual es de un método Hipotético-Deductivo, el cual se aplicó descriptivamente bajo un diseño no experimental en temporalidad transversal. Este tuvo como muestra a 23 fiscales de las Fiscalías de La Convención, y para la recolección de datos se empleó la técnica de la encuesta y como instrumento el cuestionario precodificado. En cuanto a los resultados: Respecto a las circunstancias que se ve con mayor frecuencia la detención en flagrancia en tiempos de pandemia, encontré que: en un 47,8% de los fiscales encuestados indican que esta es cuando el sujeto es sorprendido y detenido en el momento de estar ejecutando o consumando el delito. En cuanto a la conclusion: Se reconoce que el COVID trajo consigo una gama de limitaciones y dificultades en el recabo de elementos de convicción para el requerimiento de prisión preventiva en flagrancia delictiva, este resultando como media.Item Analisis de la Ley Nº 30201 en relación al proceso de desalojo en la Provincia de San Román – Juliaca 2017-2019(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2022) Vilca Huaracallo, Nony; Carrasco Reyes, Percy Rogelio; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEste trabajo enunciado: Análisis de la ley Nº 30201 en relación al proceso de desalojo en la provincia de San Román – Juliaca 2017-2019. Posee un cimiento de haber tratado el proceso de desalojo regulado Ley Nº 30201, asimismo, haber estudiado el derecho real de posesión y el papel que juega en los contratos de arrendamiento, ya que según el INEI casi 16 % de hogares están en condición alquilados a nivel nacional. El legislador buscó simplificar el proceso de desalojo y propuso una solución rápida para que los propietarios recuperen la posesión de sus propiedades en un plazo de quince días. Esto generó una expectativa considerable entre las personas jurídicas y los operadores. Sin embargo, la ley resultante ha demostrado ser enrevesada y limitada en su alcance, aplicándose únicamente a los casos de evicción por resolución de contratos de arrendamiento con cláusula de búsqueda futura, acompañada de firma notarial o sancionada por juez de paz, y falta de pago. de cuotas El proceso de desalojo puede resultar desconcertante cuando la ley no especifica si es compatible con el proceso civil o no. Esta falta de claridad crea confusión, ya que la legislación no deja claro si los dos procesos son paralelos o complementarios. Además, la cláusula de búsqueda futura, que requiere firmas notariadas, solo es relevante para los contratos de arrendamiento de bienes raíces, excluyendo los contratos verbales y los bienes muebles. La legislación también guarda silencio sobre cómo proceder en áreas sin notarios o jueces de paz, lo que lleva a plazos extendidos que difieren de los del proceso de desalojo civil. Actualmente, no existen procesos de desalojo que se encuentren bajo el paraguas de la Ley N° 30201. Esto se debe principalmente a que los plazos para contradicciones y requisitos de liberación son más extensos en comparación con el proceso de desalojo del Código de Procedimiento Civil. Finalmente, si se sigue manteniendo la ley, lo único que se lograra es una ley para el olvido, y a la vez se seguirá generando una inseguridad jurídica.Item Relación entre la reincidencia en violencia familiar y la tentativa de feminicidio: un análisis de las sentencias en violencia familiar en el contexto interno, Corte Superior de Justicia de Cusco -2020(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2022) Soto Castillo, Leidy; Pérez Abarca, Amalia; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezLa presente investigación que titula “RELACIÓN ENTRE LA REINCIDENCIA EN VIOLENCIA FAMILIAR Y LA TENTATIVA DE FEMINICIDIO: UNANÁLISIS DE LAS SENTENCIAS EN VIOLENCIA FAMILIAR EN EL CONTEXTO INTERNO, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO -2020” Donde el objetivo es determinar la reincidencia de violencia familiar frente a la tentativa de feminicidio, análisis de sentencias en casos de violencia familiar en el contexto interno en corte superior de justicia de Cusco 2020. El cual corresponde a la investigación cualitativa, para poder obtener los resultados se tomó los expedientes del segundo, sexto, noveno y onceavo juzgado de familia sub especializado en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. Donde se llegó a determinar que la reincidencia de la violencia en el grupo familiar es un gran problema ya que ocasiona traumas psicológicos en cada integrante más allá de que en ciertas ocasiones llega a casos extremos como el feminicidio, el cual también afecta de manera irreversible la perdida de cada ser querido más aún cuando los hijos quedan en estado de orfandad. Es por ello que se llega a determinar que la violencia familiar es un grave problema a pesar de tener entidades que apoyan contra este tipo de casos.Item Cláusula resolutoria expresa del contrato y aplicación por la Corte Suprema - 2019(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2022) Fernández Monroy, Joel Pieter; Turpo Choquehuana, Fortunato; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezLa presente investigación se ubica en el ámbito del derecho de obligaciones y contratos, específicamente en la figura de resolución extrajudicial por incumplimiento de obligaciones pactadas y en el análisis de la naturaleza jurídica de la cláusula resolutoria expresa en el ámbito de la interpretación jurisprudencial. El finalidad del estudio de investigación es explicitar una definición del modelo de resolución extrajudicial de pleno derecho regulado en el artículo 1430 del Código Civil peruano de 1984, a partir de las principales caracteres que lo diferencian de las modalidades de resolución por incumplimiento previstas en los artículo 1428 y 1429 del código civil, y poder determinar sus características específicas y el fundamento de su regulación en nuestro derecho civil. Por esta razón el presente trabajo de investigación tiene objetivo establecer la definición de la resolución por cláusula expresa contenida en el numeral 1430 del Código Civil Código Civil y su aplicación por la Corte Suprema del Perú hasta el año 2019. El diseño de investigación del presente trabajo es descriptivo, mixto, retrospectivo y longitudinal, el tipo de estudio descriptivo correlacional. Para la investigación se utilizaron método específicos de las ciencias jurídicas como el método histórico-lógico, método de derecho comparado, método inductivo deductivo. La muestra estuvo conformada por 23 resoluciones (Sentencias y Autos) emitida por Salas Civiles de la Corte Suprema sobre recursos de casación relacionado al concepto, características y consecuencias de la aplicación de la cláusula resolutoria expresa, durante un espacio temporal que comprende desde el año 2011 hasta el año 2019. Asimismo, se aplicación entrevistas y cuestionarios a 37 abogados con experiencia en el sector público y privado. Los instrumentos de investigación fueron aplicados a fin de obtener información y formular inferencias sobre criterios de interpretación de la Corte Suprema respecto a la aplicación de la cláusula resolutoria expresa, determinar cuáles son los efectos de la resolución automática y como exigirlos desde la perspectiva de la jurisprudencia, así como determinar la existencia de vacíos o deficiencias en la redacción del artículo 1430 del Código Civil. El estudio de investigación por su complejidad se basa en el estudio de presupuestos de la resolución por incumplimiento como son: legitimidad resolutoria, procedimiento resolutorio, gravedad del incumplimiento y la ausencia de circunstancias que justifiquen el no cumplimiento de la prestación a su cargo, asimismo, se realiza un análisis del efecto restitutorio. Por último, como objetivo de estudio se pretende determinar la existencia de un vacío legal respecto al efecto indemnizatorio. En la presente investigación pretende valorar la importancia de definir la cláusula resolutoria expresa a partir de la revisión de la jurisprudencia y la doctrina comentada en el presente trabajo. En consecuencia, el presente estudio es una herramienta útil para nuestros jueces de la Corte Suprema en su labor de uniformizar sus criterios de interpretación de la resolución por cláusula expresa, prevista en el artículo 1430 del código sustantivo, y una garantía para el justiciable.Item Análisis del contexto externo en imputados con prisión preventiva, Juzgado Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Cusco, periodo 2019 al 2020(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2022) Roman Gil, Carlos Adalberto; Humpiri Nuñez, Jimy; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEl objeto de la presente exploración "EXAMEN DEL ENTORNO EXTERIOR DE LOS PRESOS PREVENTIVOS, JUZGADO PARTICULAR EN INFRACCIONES DE VIGOR DE AUTORIDADES DEL CUSCO, PERIODO 2019 AL 2020", es desglosar el entorno exterior de los presos preventivos, Juzgado Particular En Infracciones De VIGOR DE AUTORIDADES DEL CUSCO, periodo 2019 al 2020. El examen se refiere a la metodología cuantitativa. El ambiente exterior de los reclusos pre-preliminares está rodeado de individuos con ansias de poder, maltrato de fuerza, cualidades de carácter sociopático, individuos que no han conseguido el asentimiento social y especialistas que regatean favores.Item Efectos de la administración de justicia para el fortalecimiento del derecho consuetudinario de las Rondas Campesinas del Distrito de Rosaspata Huancané – 2019.(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2022) Zavala Machaca, Nilo Dennis; Ochatoma Paravicino, Felix Cristobal; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezLa investigación aborda de manera sistemática, efectos colaterales de encargado de impartir justicia en nuestro territorio nacional, de esta manera es propicio fortalecer nuestro Derecho tradicional o consuetudinario que administra las organizaciones comunales, llamadas rondas campesinas, en el distrito de Rosaspata – Huancané. Si bien el marco histórico que nos lega el actuar de las rondas campesinas, primero como organizaciones para defensa contra delitos como el abigeato, luego de confrontación con los grupos terroristas; esa condición no se da completa en Rosaspata, donde la ronda se forma y actúa para mantener el orden interno y juzgar delitos que alteren el buen vivir de la población. Sin embargo, en este trabajo abordamos un problema que se enmarca en una interrogante ¿Cuáles son los efectos de la entidad que administra justicia para el fortalecimiento del derecho tradicional impartida por las organizaciones comunales denominadas rondas campesinas, dentro del distrito de Rosaspata Huancané – 2019? y utilizando la encuesta nos respondemos; que la atribuciones brindadas mediante el artículo ciento cuarenta y nueve de nuestra Carga Magna del Estado peruano, no garantiza la valía de los hechos juzgados por las rondas campesinas. Sobre el pluralismo jurídico, este se manifiesta en que ambas formas de justicia coexisten, la justicia del Estado porque es la que más valor tiene y es aceptado por todos. Finalmente, se arriba a que los principales desacuerdos que se han de producir por una parte por la jurisdicción de justicia administrada por las organizaciones denominadas rondas campesinas o de otra parte aquella justicia enmarcada ordinariamente según la impartida por el estado.Item Ineficacia de las disposiciones fiscales de exhortación en la fiscalia de prevención del delito en Tambopata - Madre de Dios, 2015 - 2016(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2022) Villavicencio Cano, Jackeline; Vilca Ramos, Pio Napoleon; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezObjetivos: Determinar el grado de ineficacia de las disposiciones fiscales de exhortación y recomendación en la fiscalía de Prevención del Delito de Tambopata – Madre de Dios, durante el año 2015-2016. Identificar el grado de ineficacia de las disposiciones fiscales de exhortación en la fiscalía de Prevención del Delito de Tambopata. Analizar el grado de influencia de la especialidad normativa por el que las fiscalías de prevención del delito emiten disposiciones de exhortación y recomendación. Determinar el grado de fuerza de las disposiciones fiscales de exhortación en la fiscalía de Prevención del Delito de Tambopata. La técnica de investigación aplicada fue el Análisis Documental y los instrumentos utilizados fueron la ficha de análisis documental Conclusiones: Se concluye que el grado de ineficacia de las disposiciones fiscales de exhortación y recomendación en la fiscalía de Prevención del Delito de Tambopata – Madre de Dios, durante el año 2015-2016, es significativamente alto. El grado de ineficacia de las disposiciones fiscales de exhortación en la fiscalía de Prevención del Delito de Tambopata es altamente significativa. El grado de influencia de la especialidad normativa por el que las fiscalías de prevención del delito emiten disposiciones de exhortación y recomendación es muy influyente. El grado de fuerza de las disposiciones fiscales de exhortación en la fiscalía de Prevención del Delito de Tambopata es muy ineficazItem Inteligencia policial aplicada a la lucha frontal contra la inseguridad ciudadana en el Distrito de Juliaca(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2022) Coila Pari, Daniel Moises; Condori Cruz, Richard; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEl estudio posee como objetivo general el describir la eficacia de la inteligencia policial aplicado a la lucha frontal contra la inseguridad ciudadana en el distrito de Juliaca; en cuanto a la metodológica, esta es de un enfoque cuantitativo, uso el método hipotético-deductivo, es de un tipo de investigación básico; está dentro del nivel no experimental, y es de corte transversal; en cuanto a la muestra del estudiose tuvo a 155 efectivos policiales, a la cual se dirigió una encuesta precodificado, esto bajo la técnica de cuestionario; en cuanto a los resultados se vio que, los efectivos encuestados en un 20,6% indican que si se brinda tranquilidad y protección general a toda la población del distrito de Juliaca; y este concluye de la siguiente manera, que la eficacia de la inteligencia policial aplicado a la lucha frontal contra la inseguridad ciudadana en el distrito de Juliaca es baja, esto debido a que la ciudadanía no siente de por si una certeza, tranquilidad de una seguridad integral y bienestar general (44,5%), y esto a pesar de que se cuente con un financiamiento económico adecuado, y que además se cuente con estrategias que alegan usar como el de la inteligencia operativa para combatir la inseguridad ciudadana.Item Regulación de los presupuestos para la aplicación de la tenencia de menores de edad en sede notarial en el Perú, 2020(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2022) Mamani Montesinos, Betsy; Vilca Ramos, Pio Napoleón; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezObjetivos: Determinar los presupuestos para la aplicación de la tenencia de menores en sede notarial en el Perú. Establecer cuáles son los presupuestos en la sede notarial para la tenencia de menores. Analizar los puntos de identificación de los factores empleados para optar un tipo de tenencia de menores. Tipo de investigación: Es de enfoque cuantitativa, cuyo método fue descriptivo, de tipo correlacional. La técnica. Es la encuesta. Conclusiones: En la tabla y figura 3, se observa que, de un total de 200 personas entrevistadas en la ciudad de Juliaca, 150 personas respondieron que sí está de acuerdo con la tenencia que otorga la vía notarial el cual representa el 75%, 30 personas respondieron que no el cual representa el 15% y 20 personas respondieron que no saben no opinan el cual representa el 10%. En la tabla y figura 4 se observó que, de un total de 20 personas entrevistadas en la ciudad de Juliaca, 120 personas respondieron que sí tiene la solvencia económica y moral para la tenencia del menor el cual representa el 80%; 80 personas respondieron que no el cual representa el 40% y 00 personas respondieron que no saben no opinan el cual representa el 00%. En la tabla y figura 5 se observa que, de un total de 200 personas entrevistadas en la ciudad de Juliaca, 20 personas respondieron que sí conoce las normas legales para la tenencia del menor en vía notarial el cual representa el 10%, 50 personas respondieron que no el cual representa el 25% y 130 personas respondieron que no saben no opinan el cual representa el 65%. En la tabla y figura 7, se observa que, en un total de 200 personas entrevistadas en la ciudad de Juliaca, 30 personas respondieron que sí cree que por las normas legales son suficientes para la tenencia del menor el cual representa el 15%, 10 personas respondieron que no el cual representa el 5% y 160 personas respondieron que no saben no opinan el cual representa el 80%.Item Incidencia de las limitaciones dilegénciales en el cumplimiento de plazos en el juzgado de paz letrado de laberinto con funciones de investigación preparatoria, Madre De Dios - 2021(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2022) Quispe Yanqui, Tony; Pérez Abarca, Amalia; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEl estudio tiene como propósito el Determinar la incidencia significativa de las limitaciones diligénciales en el cumplimiento de plazos en el Juzgado de Paz Letrado de Laberinto con funciones de investigación preparatoria, Madre de Dios – 2021. Asimismo, este empleo una metodología de un paradigma cuantitativo, de un método correlacional descriptivo, de un nivel análisis explicativo, de tipo básico, de una temporalidad transversal y de un diseño no experimental. En cuanto a la muestra, este cuenta con 26 fiscales a los cuales se dirigió el instrumento de recolección de datos. De este obteniendo como resultado: En un 19,2% los fiscales adjuntos, señalan que el juez de investigación preparatoria si controla de forma eficaz el cumplimiento de los plazos en la investigación preparatoria; y en un 80,8% los fiscales adjuntos, señalan que el juez de investigación preparatoria no controla de forma eficaz el cumplimiento de los plazos en la investigación preparatoria. Y, por último, se concluyó que: existe una incidencia significativa de las limitaciones diligénciales en el cumplimiento de plazos en el Juzgado de Paz Letrado de Laberinto con funciones de investigación preparatoria, Madre de Dios – 2021. Ya que las diversas diligencias presentan factores considerables que dificultan el cumplimento de un plazo razonable.Item Políticas públicas y la formación de la micro y pequeña Empresa de la Ciudad de Juliaca, 2021(Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, 2022) Quispe Añamuro, Albert; Choquehuanca Calcina, José Domingo; Universidad Andina Néstor Cáceres VelásquezEl objetivo de este estudio es conocer la correlación entre las políticas públicas y el establecimiento de micro y pequeñas empresas en la ciudad de Juliaca en el año 2021. Método: Se optó por el método deductivo para realizar la investigación, porque permite desarrollar diferentes herramientas y lograr resultados deseados en los temas tratados en la tesis. El material proporcionado es muy realista en cuanto a la metodología científica y los parámetros considerados. El tipo de muestra utilizada es muestreo no probabilístico, la muestra es de 50 operadores de Juliaca, y las técnicas utilizadas son acordes al tema. El método en la muestra de investigación utiliza para el caso particular es una encuesta, análisis documental, estudio y procesamiento de datos. Concluyendo: Las (MYPES) de la ciudad de Juliaca inician el trámite al obtener la información y realizan un ajuste favorable en el cumplimiento de sus responsabilidades tributarias, estableciendo así una relación entre sus contribuciones y la tributación. Además, entre las Políticas Públicas y la formación de la Micro y Pequeña empresa existe una relación estrecha, puesto que una depende directamente de la otra, y sin una no podría darse la otra. Resultados: Una mayor parte, representada por el 66% del total de los encuestados, expresan cumplir con todas sus obligaciones, sus trabajadores están en planilla, por ende, tienen Essalud y aporte al AFP u ONP; por otro lado, sólo el 10% manifiesta no cumplir con sus obligaciones, sus trabajadores no cuentan con Essalud, ni AFP u ONP. Asimismo, un grueso que equivale al 80% del total de encuestados, manifiesta que las instituciones y programas Estatales no brindan la información adecuada respecto de constitución, exportaciones, créditos bancarios, gestión empresarial, etc., por otra parte, sólo el 20% manifiesta lo contrario.